DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A.) CONSUMADA la Transacción, celebrada entre las partes en el juicio de Nulidad de Acta, seguido por el Abogado en ejercicio JOSE EDUARDO ALBURGUES CARDOZO, en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL LAS TEJAS, ambos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto y se da por terminado el presente juicio.
B.) Se ordena expedir por secretaría las copias cerificadas solicitadas para el posterior archivo del presente expediente.
C.) Se revoca la medida innominada decretada en fecha diecisiete (17) de julio de 2008 y se ordena oficiar a la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL LAS TEJAS lo conducente.
No hay condenatoria.....