En el día hábil de hoy,27 de Noviembre de 2008, siendo las 9:48 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE VICENTE AZUAJE RIERA en su carácter de parte actora asistido por su apoderada judicial abogada Aurymary Salas y UNIVERSIDAD CATOLICA CECILIO ACOSTA (UNICA) en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Carlos Chacín Barboza, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandada pagará al demandante el día 03/12/08 en la sede del Tribunal la cantidad de veinte mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F. 20.500,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS P.....