declara:
1.- CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana: MARIANA BERENICE OCHOA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.864.818, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio FRANCIS RODRIGUEZ REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 31.507, en contra del ciudadano: JAVIER FELIX OROZCO PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.780.382, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, y en relación con el niño (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 LOPNNA), conforme a la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nro.693, del 02 de junio de 2015, configurando la causal de incompatibilidad de caracteres, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Registrador Civil de la parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo d.....