DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ante expuestos, este Juzgado Segundo Especializado en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE y en consecuencia SE CONDENA a los ciudadanos: HEBERTO JOSUE PEÑA, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y al ciudadano YOALBER ALEXIS RAMIREZ GUZMAN, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de COMPLICE NECESARIO EN LA COMISION DEL DELITO DE ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de viole.....