Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y san Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano RAFAEL JOSÉ RODRIGUEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.414.871, y, en consecuencia, se ordena rectificar dicha Acta de Nacimiento signada bajo el Nº 4994, en los libros que lleva la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo, el día siete (07) de octubre de 1971, y el Registro Principal ambos del estado Zulia, en el sentido que se asiente el nombre de la progenitora del ciudadano Rafael José Rodríguez Guevara como TERESA MARÍA GUEVARA.