DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por el ciudadano ALEXANDER RUIZ MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.757.643, domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra la ciudadana ZULEIDA CHIQUINQUIRÁ VÁSQUEZ VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.445.596, de igual domicilio, la cual fue basada en la causal SEGUNDA del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda vigente el matrimonio celebrado por dichos ciudadanos el día 18 DE Enero de 1996, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caracciolo del Municipio Autóno.....