PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia y por autoridad en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre la ciudadana BENEDICTA JOSEFINA RINCÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.630.625, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su condición de progenitora del ciudadano difunto LUIS GABRIEL FUENMAYOR RINCON, quien en vida fuera titular de la cedula de
identidad No. V- 22.140.166, como parte demandante y AGROPECUARIA LOS POTRERITOS, CA, por motivo de indemnizaciones derivadas de un accidente laboral.
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de Cosa juzgada a la presente causa.
TERCERO: No hay condenatoria en cos.....