este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE INVALIDACION, incoado por los ciudadanos RUBBY ROSANGEL RINCON RAMIREZ, RUDDY ROSALIV RINCON RAMIREZ Y ARDENAGO DE JESUS VARGAS FORTOUL, venezolanos, mayores de edad, identificados con cédula personal No. 18.987.759, V-18.987.760 V-7.782.605 y domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en contra de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA MEDITERRANEA, C.A. cuyo documento constitutivo se encuentra inscrito en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del estado Zulia, el día 12 de Julio de 1979, bajo el No. 15, Tomo 19-A.
SEGUNDO: Se declara la nulidad de la totalidad del juicio interpuesto por demanda de fecha 30 de mayo de 2007 y signado con el No. 45.407, produciendo.....