En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara formalmente embargado preventivamente el bien anteriormente señalado, identificado descrito y avaluado y hasta por la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. F. 180.000,oo), y hace entrega de los mismos al Depositario Judicial Provisional nombrado y juramentado, a los fines de su guarda y custodia. En este estado, presente el demandante, antes identificado, expuso: "Solicito al Tribunal remita el Despacho con sus resultas en el estado en que se encuentra al Juzgado de la Causa. Es todo".- El Tribunal, vistas la anterior exposición, provee de conformidad con lo solicitado, y ordena remítase el Despacho con sus resultas al Tribunal de la Causa. Certifíquese copias de las presentes actuaciones para .....