Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud presentada por el Ministerio Publico y en consecuencia se DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano EDIXO JOSE VILLALOBOS PALENCIA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 31-08-1974, estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, portador de la Cédula de Identidad No. V-13.244.208, hijo de JOSE PALENCIA y ROSA VILLALOBOS, con residencia en el Sector Altos del Siquisai, Centro de Rehabilitación Luís Martínez Rosse, Vía Bocono, Estado Trujillo, tlf. 0414.723.2590, por cuanto los hechos por los cuales aparece solicitado son de vieja data y los cuales se encuentran evidentemente prescritos, debiendo el ciudadano solventar su situación Jurídica, por an.....