PRIMERO: La Perención de la Instancia, en la presente causa.
SEGUNDO: Se suspende la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 24 de Mayo del 2.000 y remitida al Juzgado Distribuidor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta