DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA:
PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN para conocer y tramitar la presente solicitud de consignación de cánones de arrendamiento presentada por el ciudadano Ray Manuel León Colina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.474.152, debidamente asistido por el profesional del derecho Leonardo Noguera Pírela, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.555, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil en concatenación con los artículos 63 al 70 del Reglamento de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
SEGUNDO: De conformidad con lo estable.....