DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por el ciudadano Gritzko G. Terán, contra la Abg. Carolina Monserrath García Carreño, en su condición de Jueza de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Juicio Nº 2 del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 (HOY 89) ordinales 8º del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese la presente decisión y remítase la presente incidencia, al Tribunal Primera Instancia de este Circuito Judicial Penal, que conoce de la Causa Principal, a los fines de que sean agregadas al mismo. Igualmente líbrese boleta de notificación al Juez recusado y al recusante.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Barquisimet.....