este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho PEDRO SANGRONI, abogado en ejercicio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra del auto de admisión de pruebas de fecha veintiséis (26) de julio de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoce actualmente de la demanda intentada por el ciudadano AURELIANO ANTONIO PALMAR MORALES, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS TRANSBANCA, C.A. (TRANSBANCA). 2) SE ORDENA al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Admitir la prueba promovida por la parte demandada en su escrito de promoción