Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACION, en contra del acusado ALFREDO JARAMILLO NIÑO, de nacionalidad Colombiana, natural de San Cristóbal, Departamento Bolívar, fecha de nacimiento: 05-05-1.969, de 41 años de edad, de profesión u oficio Albañil, hijo de Teresa Niño y Arturo Jaramillo, y residenciado actualmente en el Barrio Calendario, Calle 85, Casa Nro. 111B-23, a doscientos metros del Depósito Calendario, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el Artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, de conformidad con lo establecido en el numeral 9° del Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara CON LUG.....