DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de decaimiento de Medida precautelar interpuesta por defensa publica YASMELY FERNANDEZ, respecto del acusado JOSE ALBERTO GUEVARA GUEVARA, venezolano, natural de Maracaibo, soltero, cedula 19906846, domiciliado en BARRIO INTEGRACIÓN COMUNAL, SECTOR YETSE, CALLE 122, CASA N° 59D-04 DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, cometido en perjuicio del ciudadano ALFONSO DE JESUS SAEZ VILORIA y previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales1, 2, 3 y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor. SEGUNDO se acuerda sustituir la medida precautelar de arresto domiciliario del articulo 242 1.....