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DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede constitucional en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte agraviante sociedad mercantil EXPERTOS ELECTRÓNICOS, C.A. (EXELCA), en contra de la sentencia de fecha treinta y uno (31) de julio del año 2012 proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR, la pretensión de acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano ANTONIO JOSÉ VARGAS MIRANDA en contra de la sociedad mercantil EXPERTOS ELECTRÓNICOS, C.A. (EXELCA). TERCERO: SE CONFIRMA, el fallo apelado. CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS, a la parte agraviante recurrente sociedad mercantil EXPERTOS ELECTRÓNICOS, C.A. .....