Por los fundamentos expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Niega la admisión la solicitud de Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal, propuesta por los ciudadanos JESUS ALFREDO RINCON, y por la ciudadana MILAGROS COROMOTO RINCON DOMACASSEE, en representación de la ciudadana MARIA ARINDA DOMACASSEE, por la falta de capacidad de postulación.
Segundo: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del presente proceso.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE FALLO.