Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandante y parte demandada en contra de la decisión de fecha 07 de Marzo de 2017, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por el ciudadano ISAIAS MARTINEZ en contra de la Sociedad Mercantil HOTEL VENETUR MARACAIBO, C.A. 2) QUEDA FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES A LA PARTE DEMANDANTE APELANTE.