este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: PASTOR ANTONIO ROJAS NORIEGA, a los ciudadanos: FORTUNA MARGARITA CARABALO DE ROJAS, en su condición de esposa y de los ciudadanos: VIRGINIA DEL VALLE ROJAS CARABALLO, PASTOR JOSÉ ROJAS CARABALLO, INOCENTE DEL JESUS ROJAS CARABALLO y SANTIAGO RAFAEL ROJAS CARABALLO, en su condición de hijos, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.822.759, V-15.203.521, V-15.203.280, V-16.894.705 y V-18.940.614 respectivamente
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terc.....