En consecuencia por los argumentos, expuestos este Juzgador declara como en efecto lo hace la INADMISIBILIDA DE LA DEMANDA, incoada por el Ciudadano NILECTO SEGUNDO MANZANILLO VALERO en contra de las Sociedades Mercantiles CORPORACIÓN TELEMIC, C,A Y LA CONTRATISTA SERVICIOS BOSCAN, C.A. , dando por terminado el presente procedimiento. Así se decide.
El Juez
La Secretaria
Abog. ALFREDO GARCÍA LÓPEZ Aboga ANA MIREYA PÉREZ