Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena rectificar el acta de matrimonio No. 25, de los ciudadanos JESÚS AMANDO RIVERO GONZÁLEZ (difunto) y MARÍA EDICTA MATHEUS RONDÓN, asentada en fecha 30 de Octubre de 1954, correspondiente al Libro de Registro Matrimonios llevado por el extinto Juzgado del Municipio Libertador en el año 1954, No. 25, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
1.- En su contenido donde se lee "JESÚS AMADO RIVERO GONZÁLEZ..." debe leerse "JESÚS AMANDO RIVERO GONZÁLEZ... ". Así se declara.