Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer de la presente causa de Divorcio 185, interpuesta por el ciudadano HEDDER RAFAEL GALLARDO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad número 7.610.047, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, contra la ciudadana ELSY MARÍA SIMANCAS CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad número 4.992.852, y de igual domicilio.
En consecuencia se declina la competencia al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a quien se acuerda remitir la presente causa mediante oficio.
No hay condenatoria en cost.....