PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente asunto intentado la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS PER COMPAÑÍA ANONIMA (INPERCA), representada por el abogado en ejercicio RICARDO CRUZ RINCÓN, GERARDO GONZÁLEZ, ANA GONZÁLEZ, MARIA ANDREA URDANETA Y GRACE USECHE ZABALA, en su carácter de apoderado judicial de le referida empresa; en relación al recurso de Nulidad del Acto Administrativo, consistente en Providencia No. 117-2014, de fecha 17 de junio de 2014, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, SEDE Dr. LUÍS HÓMEZ, mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos en beneficio de los ciudadanos ENDER CARROZ, FREDDY PRIMERA, MICHAEL VALENCIA, LUÍS MORILLO, LUÍS MEZA, ANTONIO BRICEÑO, JUAN ORTEGA, GUILLERMO BOHÓRQUEZ, MANUELA QUINTERO, DEBLY PORTILLO Y LUÍS ARAUJO.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS PER COMPAÑÍA ANONIMA (IMPERCA).-