DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la presente acción incoada por la Ciudadana CRISTINA CHACON Viuda de GARCIA, titular de la cedula de identidad Numero V-1.828.348, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO en contra del ciudadano ROBINSON JOSE SANDOVAL PARRA, titular de la cedula de identidad Numero V-2.848.565 y en consecuencia queda disuelta la obligación derivada del contrato suscrito por las partes, autenticado por ante la Notaria Publica Primera de Cabimas, en fecha 21-01-1993, bajo el Numero 61, Tomo 04 de los libros respectivos.
.SEGUNDO: Se ordena la desocupación total del inmueble libre de bienes y personas y la entrega del mismo.
TERCERO: Se condena al pago de la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON.....