En el día hábil de hoy, 27 de Junio de 2011, siendo las 11:41 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE JAVIER GARCIA ARELLANO en su carácter de parte actora asistido por las abogadas Carolay Perea y Marilin Barrios y CADENAS DE TIENDAS VENEZOLANAS CATIVEN, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Bonny Ramírez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto la cantidad de cuatro mil bolívares (Bs. 4.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.