DISPOSITIVA
En consecuencia, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en funciones de juicio, constituido en forma unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONDENA al Acusado LUIS FELIPE BRIÑEZ, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo estado Zulia, fecha de nacimiento 16-10-1975, de 31 años de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad número V-12.442.577, hijo de Eduardo Briñez y Flor Chirinos, residenciado en Los Claveles Avenida 46 casa N° 96-02 Maracaibo Estado Zulia, como autor del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal en concordancia con el ordinal 3 del artículo 84 Ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos ROMEL REYES y MARIANGEL GERALDO, y lo condena a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, más las penas accesorias prevista.....