Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero e Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 12 y 354 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el presente proceso de COBRO DE BOLIVARES (vía intimación), propuesto por COOPERATIVA SOLDER WORE 2009, R.L., contra la SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACION JEAMS, Compañía Anónima. En consecuencia se suspende la medida de embargo preventiva decretada por este Despacho en fecha 06 de Diciembre de 2013 y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de esta Circunscripción Judicial, en fecha 26 de Febrero de 2014. -
ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ
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