Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: ENTREDICHO DEFINITIVAMENTE al ciudadano ÁLVARO ALÍ FERRER MORÁN en la presente INTERDICCIÓN solicitada por el ciudadano JAVIER ENRIQUE FERRER MORAN, contra el ciudadano ÁLVARO ALÍ FERRER MORÁN. En consecuencia se designa de conformidad con lo previsto en el artículo 399 del Código Civil, TUTOR DEFINITIVO al ciudadano JAVIER ENRIQUE FERRER MORAN , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.933.020 y domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 04 de febrero de 2013.
TERCERO: No existe condenatoria en costas de.....