Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por cobro de Diferencia sobre Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano ROSARIO DE JESUS GUERRA en contra de la Sociedad Mercantil PETROQUIMICA DE VENEZUELA S.A. (PEQUIVEN), ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte actora, dada la naturaleza del fallo, considerando que el mismo devengaba menos de tres salarios mínimos, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
TERCERO: SE ORDENA LA CONSULTA OBLIGATORIA al Tribunal.....