Ahora bien, este Tribunal una vez verificado que la parte actora se encontraba presente en el acto de convenimiento representada por su apoderado judicial ANTONIO JIMENEZ, y la parte demandada, ciudadana NELLY ESTHER ARTETA PADILLA, se encontraba igualmente presente y asistida por el profesional del derecho CESAR AUGUSTO HERNÁNDEZ RODRIGUEZ; que los derechos sobre los cuales versa el convenimiento de autos no se encuentran prohibidas las transacciones; y asimismo, que el abogado en ejercicio ANTONIO JIMENEZ, apoderado judicial de los ciudadanos AARON ALCIDES MELEAN y CIRA GONZALEZ de MELEAN, se encuentra facultado para aceptar los términos de pago y convenimiento ofrecido por la demandada de actas, HOMOLOGA el convenimiento realizado en fecha veintidós (22) de Mayo del año dos mil nueve (2009), dándole el carácter de cosa juzgada. Se ordena expedir copia certificada del convenimiento celebrado el día veintidós (22) de Mayo del año dos mil nueve (2009), del auto donde se hom.....