Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EXTINGUIDA DE OFICIO LA INSTANCIA en el presente juicio por NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA. que intentó la ciudadana abogada ELIZABETH HERNÁNDEZ QUIJADA, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos GABRIEL JOSE PORTILLO BRACHO y su menor hija ANDRINA GABRIELA PORTILLO VILCHEZ, en contra de los ciudadanos DENIS PELECTO VILCHEZ PIRELA, DAYSI BEATRIZ MONTERO APARICIO, JAMES ADAN VALBUENA SANDREA y JOSE ALFREDO CASTILLO MORENO.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza de este fallo.
DÉJESE COPIA CERTIFICADA POR SECRETARIA del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1384 del Código Civil .....