PRIMERO De conformidad con lo establecido en el Numeral 1° del artículo 250, se evidencia de las actas consignadas por el Ministerio Público, que se ha cometido un hecho punible, que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, como es el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 250 en su 2° ordinal, se evidencia que hay suficientes elementos para estimar que los imputados LUIS RAFAEL LOPEZ es el autor o partícipe del delito que se le imputa, estos elementos son: acta Policial suscrita por funcionarios adscritos a la Brigada Motorizadas, Acta de Entrevista de los ciudadanos testigos del Allanamiento practicado, Acta de Recogimiento Legal practicado a la Sustancias Incautada, Experticia Toxicologica en vivo N° 9700-073-058 y 059 y Experticia Químic.....