Ahora bien, entrando a conocer el fondo de la controversia, esta sentenciadora conforme a las normas y criterios jurisprudenciales parcialmente transcritos, que los bienes motivos de oposición como son el 1) Centro Gallegos de Maracaibo, se evidencia de la resulta que reposa en el presente expediente que dicha acción fue transferida al ciudadano GILBERTO BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.804.492 de fecha 14 de agosto de 2017, es preciso mencionar que las pruebas informativas de las entidades bancarias Commerce 2) Bank National Asociation, 3) Jp Morgan Chase, 4) Bank of América, 5) Boi Bank y de una exhaustiva revisión de las actas procesales se observa que no hubo respuesta alguna de las entidades bancarias antes expuesta por lo tanto no existe prueba fehaciente a el ciudadano CARLOS ALBERTO FERNANDEZ, forme parte de la comunidad conyugal los bienes alegados en la presente pieza de cuaderno separado, por lo que se declara CON LUG.....