Por fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos EDUARDO ALBERTO CRESPO OCANDO Y CLARA ISABEL OSORIO DE CRESPO , en fecha 23 de Agosto de 2002, por ante el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, acta signada con el N°233.