Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOHN EVERT MANDIQUE y JOHANNA LORENA QUIVERA BAPTISTA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nos V- 11.257.275, y V- 11.721.406, respectivamente, domiciliados el la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 35, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo último domicilio conyugal estuvo ubicado en en Sabaneta, Urbanización la Palcosa casa N° 39-21, en jurisdicción de la Parroquia Manuel Dagnino, del Municipio Autónomo de Maracaibo Estado Zulia.-
PUBLÍQUESE Y REGÍ.....