PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre la parte demandante ciudadana LEIDYMARIAN SANDREA, y la sociedad mercantil INVERSIONES ANGUS GRILL C.A., todos plenamente identificados en las actas procesales, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: SE ABSTIENE DE DAR POR TERMINADO el presente asunto hasta tanto conste en actas el efectivo cobro del cheque pagado a la ciudadana LEIDYMARIAN SANDREA.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas, dada la naturaleza del fallo y por haberlo incluido en su acuerdo las partes.