Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: Acordar a favor del acusado CAROS ENRIQUE HIGUITA ACOSTA, el otorgamiento de medidas sustitutivas de libertad, prevista en los ordinales 3, 4 y 6 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes a las presentaciones cada treinta (30) días por ante el Departamento del Alguacilazgo; la prohibición de salida de la localidad, sin autorización del Tribunal, y prohibición de establecer comunicación con las víctimas.-l. SEGUNDO: Se declara sin lugar lo solicitado por el Ministerio Público, en cuanto a mantener la medida de privación de Libertad, al considerarse que ha operado en el caso de marras circunstancias sobrevenidas que modifican las condiciones inicialmente valoradas para l dictamen de la medida de privación de libertad, siendo proce.....