DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionados, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
Parcialmente con lugar, la demanda que por DESALOJO y COBRO DE BOLÍVARES intentó la ciudadana MARÍA DEL SOCORRO BERRIOS BASTIDAS en contra de la ciudadana MAIDE DEL CARMEN JAIMES.
En consecuencia, se ordena el Desalojo del inmueble constituido por una casa situada en el Barrio San José, avenida 20, número 92D-73 de la parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; dentro de los siguientes linderos: Norte: propiedad de Heriberto Zambrano; Sur: propiedad de Julia Vera; Este: propiedad de Unifero Azuaje; y Oeste: su frente, calle Santa Isabel del Barrio San José.
Se condena a la demandada, ciudadana MAIDE DEL CARMEN JAIMES, a pagar a la demand.....