Cumplidas las actuaciones formales del acto que se practica este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE, el bien inmueble anteriormente identificado, y suficientemente descrito en la presente acta haciéndole la entrega formal al representante de la depositaria judicial nombrada DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A. ciudadano IGOR DELGADO, ya identificado, quien estando presente en este acto lo recibe libre de personas y cosas a los efectos legales correspondientes, para su guarda y custodia, advirtiéndole esta juzgadora que la depositaria judicial aquí nombrada por expreso mandato del comitente deberá sujetarse a las normas establecidas en las leyes vigentes al caso.-