éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, Empresa PDVSA, PETROLEO Y GAS, S.A., través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio JUAN FEDERICO ARGUELLO URPIN. SEGUNDO: Se anula el auto dictado en fecha 03 de marzo de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en donde se oye el recurso de apelación en un solo efecto y se ordena reponer la causa al estado de que el A-quo oiga libremente el recurso de apelación interpuesto. TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Refor.....