¿ HOMOLOGADO el desistimiento formulado por el referido ciudadano ROLANDO ANDRES MAVARES en la presente acción.
¿ INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por la ciudadana DYAN YULLY DIAZ VENTURA, contra el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
No se hace especial pronunciamiento en costas procesales dada la naturaleza del caso.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, actuando como Tribunal Constitucional de Primera Instancia, a los veintisiete (27) día.....