Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LISBETH DEL VALLE ACEVEDO, contra la entidad de trabajo CATERING SUPPLY DE VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo CATERING SUPPLY DE VENEZUELA, C.A.; pagar a la demandante la cantidad de CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 41.697,95), por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo.
No hay condenatoria en costas.
Se advierte a las partes, que el lapso para interponer los recursos que a bien consideren, será dentro de los cinco (05) días siguientes, una vez publicado el.....