Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la INTERDICCION DEFINITIVA del ciudadano PASQUALE DE SENSI GAGLIARDI, extranjero, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-83.378. En consecuencia: PRIMERO: El entredicho queda sometido al régimen legal de representación y protección de sus bienes, bajo la administración y guarda de la tutora designada, la ciudadana KARLENE MARÍA GUTIERREZ DE ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.716.011, quien es concuñada del ciudadano PASQUALE DE SENSI GAGLIARDI. SEGUNDO: Queda obligada la tutora a cuidar del entredicho, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación de su salud; así como también todas las inherentes a su alimentación, vestidos y cuidados neces.....