- DISPOSITIVA ¿
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Aprobado y Homologado el convenimiento celebrado en fecha 24 de Marzo de 2008, entre los ciudadanos HILMAR DEL CARMEN MORALES FERNÁNDEZ y JORGE LUIS ESPINA VASQUEZ, antes identificados, en relación a la obligación de manutención y demás beneficios de desarrollo y atención que le corresponden a los niños y/o adolescentes ESPINA MORALES. En consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal al convenimiento. Queda terminado el juicio. Se suspenden las medidas preventivas de embargo que se decretaran en este proceso en fecha 26 de febrero de 2008, ordenándose retener solamente la medida asegurativa acordada por las partes, sobre las prestaciones sociales que le correspondan al obligado donde presta servicios