PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada en esta causa, y referida a la falta de competencia de este órgano jurisdiccional en razón de la cuantía. En consecuencia, se declara:
1- Que este Tribunal es INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA CUANTÍA para conocer de la presente causa que por DAÑOS Y PERJUICIOS (COBRO DE BOLÍVARES) sigue ABELARDO ANTONIO BOSCÁN URDANETA en contra de LA JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS GRANADA.
2. Declina el conocimiento de la presente causa en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y se ordena remitir el presente Expediente en forma original a la Oficina de Recepción y Distribuci.....