IV
DECISIÓN:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa ejercida por la parte demandada, sociedad mercantil LATIN SHIPPING C.A., referida a causas extrañas no imputables relativas caso fortuito y de fuerza mayor como impedimentos al cumplimiento de las obligación principal contraída en el acuerdo transaccional de autos celebrado por las partes, homologado en la presente causa.
SEGUNDO: Se ORDENA a la parte demandada, sociedad mercantil LATIN SHIPPING C.A., al pago por la cantidad de DIECIOCHO MIL DOLARES (18, 000,00$), o su equivalente conforme al índice cambiario establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV) o a disposiciones especiales que regulen la materia, a favor de la parte demandante, sociedad mercantil OBRAS MARITIMAS.....