1°) PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO iniciado con ocasión a la pretensión de acción reivindicatoria, propuesta por el profesional del Derecho Mario José Alejandro Querales Salas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 75.754, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Juan de Dios Páez Riera, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 1.430.219, domiciliado en el estado Lara, en contra de los ciudadanos Naudy de Jesús Álvarez Vásquez, venezolano, mayor de edad, identificado con las cédula de identidad número 4.804.104, Gerardo Castro y Nelson González, cuyos datos de identificación fueron omitidos en el escrito libelar, domiciliados en el municipio Baralt del estado Zulia.
2°) SEGUNDO: NO HAY condenatoria e.....