Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales efectuadas posteriormente a la decisión emitida por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de septiembre de 2018, donde este Órgano se pronuncio sobre las cuestiones previas propuestas en presente causa.
SEGUNDO: SE REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado de notificar nuevamente a las partes sobre la decisión emitida por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de septiembre de 2018, donde este Órgano se pronuncio sobre las cuestiones previas propuestas en presente causa.