SE CONCEDE A LA FISCALÍA TRIGÉSIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO, el plazo de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS PARA PRESENTAR EL ACTO CONCLUSIVO en el presente asunto, lapso este computado a partir del día siguiente a la presente decisión, es decir, del día veintiocho (28) de febrero de dos mil ocho (2008), ordenándose NOTIFICAR al prenombrado imputado, a sus progenitores, y a las Víctimas del proceso, y REMITIR las presentes actuaciones a la Fiscalía Trigésima Octava del Ministerio Público, cumplidos como hayan sido los trámites procedimentales respectivo